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viernes, 2 de septiembre de 2011

Wirikuta: Caso examinado por el Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas



Annex VIII - México: Situación del supuesto otorgamiento de concesiones mineras en la región de Wirikuta, Real de Catorce, San Luis Potosí, donde se encuentran sitios sagrados del pueblo wixárika (huichol)


 MEX 8/2011

1.         El 26 de abril de 2011, el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, James Anaya, llamó la atención al Gobierno de México sobre información recibida en relación con el supuesto otorgamiento de concesiones mineras en la región de wirikuta, Real de Catorce, San Luis Potosí, donde se encuentran sitios sagrados del pueblo wixárika (Huichol). Al no haber recibido una respuesta dentro de 60 días tal como había solicitado, el Relator Especial envió una segunda comunicación, con fecha de 7 de julio de 2011, en la que transmitió observaciones con su evaluación preliminar de la situación. Posteriormente, mediante su nota del 19 de julio de 2011, el Gobierno de México respondió a la información y alegaciones contenidas en la carta inicial del Relator Especial. Las observaciones transmitidas al Gobierno, con modificaciones hechas en vista de su respuesta, se encuentran abajo, después de resumes de la información recibida sobre el caso y la respuesta del Gobierno. Los textos completos de la comunicación del Relator Especial del 26 de abril de 2011 y la respuesta del Gobierno del 19 de julio de 2011 son accesibles en la versión electrónica del informe conjunto de comunicaciones de los titulares de mandatos de los procedimientos especiales (A/HRC/18/51), disponible en el sitio web del Consejo de Derechos Humanos.

Resumen de la información recibida y transmitida al Gobierno el 26 de abril de 2011

2.         Según la información recibida, el Gobierno de México habría otorgado 22 concesiones mineras para la exploración de plata adquiridas por la empresa canadiense First Majestic Silver Corp., sobre un área de 6.327 hectáreas en la zona de Wirikuta, Real de Catorce, estado de San Luis Potosí. Se había alegado que estas concesiones fueron otorgadas por la Secretaría del Medioambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), sin consultar previamente al pueblo indígena wixárika (huichol) el cual considera como sagrado el área donde se encuentran las concesiones. El área de las concesiones abarca una importante ruta de peregrinación que ha sido utilizada por los wixárika por más de mil años, en donde se encuentran numerosos sitios sagrados con alto significado cultural y religioso, se realizan ceremonias, se encuentran enterrados sus antepasados, y en donde también recolectan el híkuri (o peyote) para uso ceremonial. Se había alegado que de las 6.327 hectáreas que abarcan las concesiones de First Majestic, el 68.92 por ciento (4.107 hectáreas) se encuentra dentro un área protegida denominada Reserva Ecológica y Cultural Wirikuta, establecida en 1994 para proteger la ruta de la peregrinación wixárika, sus sitios sagrados en la región de Real de Catorce, y el ecosistema de la zona.

Resumen de la repuesta del Gobierno del 19 de julio de 2011

3.         En su respuesta a la información y alegaciones resumidas arriba, el Gobierno afirmó que el “Plan de Manejo del Área Natural Protegida bajo la modalidad de Sitio Sagrado Natural de Huiricuta y la Ruta Histórico Cultural del pueblo Huichol, en los Municipios de Catorce, Villa de la Paz, Matehuala, Villa de Guadalupe, Charcas y Villa de Ramos del Estado de San Luis Potosí” fue elaborado después de amplias consultas con el pueblo indígena huichol y comunidades no-indígenas de la zona, durante 2007 y 2008. El Gobierno notó que, de las 35 concesiones existentes para la explotación minera en la zona, 19 fueron otorgadas antes, 9 fueron otorgadas durante y 7 fueron otorgadas después de la publicación del Plan de Manejo en 2008. El Gobierno resaltó que el Plan de Manejo crea sub-zonas de “aprovechamiento especial” de la reserva, en las que se permiten las actividades minero-metalúrgica. Además, en su respuesta, el Gobierno describió el proceso de otorgamiento de concesiones bajo el artículo 11 de la Ley de Minería y bajo los artículos 16 a 18 y 22 a 28 del reglamento de la Ley de Minería, los cuales fueron debidamente acatados por las empresas involucradas.

lunes, 15 de agosto de 2011

¡¡Por Wirikuta!! Tamatsima Wahaa - La película - Segunda Parte

Segunda entrega de Tamatsima Wahaa, la película, producida por Nierika.
Esta producción va documentando las acciones de la Defensa de Wirikuta, lugar sagrado del pueblo Wixárika.




Participación en el Foro de Asuntos Indígenas en la ONU y entrevista con el Relator de Asuntos Indígenas, así como la visita a Vanocuver en la semana de acciones contra la Minería.



la primera parte de esta producción la pueden ver en:
http://www.youtube.com/watch?v=hAVJnR82UUY&feature=player_embedded