sábado, 17 de marzo de 2012

A propósito de las Convenciones sobre la Protección del Patrimonio Cultural y Natural, y el Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO


Foto. Mercedes Aquino. 2012
El territorio de Wirikuta, considerado como Reserva Natural y Cultural de Wirikuta con más de 140,000 hectáreas, desde el 2004 se encuentra en la lista tentativa para ser declarada Patrimonio Mundial Cultural y Natural de la Humanidad por la UNESCO.
Esta protección, establecida por la “Convención sobre la protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de la UNESCO”,  es lo que debemos pedir para Wirikuta.
¿Por qué? Wirikuta antes que nada un espacio físico, además de ser un espacio ritual y espiritual. La continuidad de sus sierras, su altiplano semidesértico, sus senderos y  paisajes, los suelos donde crece el peyote,  cada piedra, cada manantial, cada árbol, cada planta y cada ser que lo habita, todo eso es la materia de su sacralidad. Wirikuta no es una abstracción, no es una costumbre, no es una lengua, ni un conjunto de prácticas rituales, ni una religión, ni un mito, ni un conocimiento, aunque también sea todo eso. Wirikuta es, primero que nada, un territorio material.
La protección en tanto “Patrimonio Mundial Cultural y Natural”  es la única capaz de proteger Wirikuta en tanto territorio material, además, por supuesto, de proteger las prácticas culturales del pueblo wixárika, relacionadas con este como matriz de vida donde todo es sagrado y es un territorio indivisible. Se especifica en su  Artículo 1  de la mencionada Convención que se considerará "patrimonio cultural", entre otras cosas: “los lugares: obras del hombre u obras conjuntas del hombre y la naturaleza así como las zonas, incluidos los lugares arqueológicos que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista histórico, estético, etnológico o antropológico.” Y en su Artículo 2, establece que se considerará patrimonio natural, entre otras cosas: “las formaciones geológicas y fisiográficas y las zonas estrictamente delimitadas que constituyan el hábitat de especies, animal y vegetal, amenazadas, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico”.
Por sus características, Wirikuta puede entrar en esta convención como Patrimonio Mundial tanto Cultural como Natural, comprometiendo a los estados firmantes a una protección del territorio material en cuestión (Art. 6: “Los Estados Partes se obligan, en consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en la presente Convención, a prestar su concurso para identificar, proteger, conservar y revalorizar el patrimonio cultural y natural de que trata el artículo 11, párrafos 2 y 4, si lo pide el Estado en cuyo territorio esté situado.” Y “3. Cada uno de los Estados Partes en la presente Convención se obliga a no tomar deliberadamente ninguna medida que pueda causar daño, directa o indirectamente, al patrimonio cultural y natural de que tratan los artículos 1 y 2 situado en el territorio de otros Estados Partes en esta Convención.”)
Sin embargo, existe otro tipo de protección que se está manejando para el caso de Wirikuta. Esta es la protección establecida por la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO.


Foto: Laura Carmen Magaña. 2012
El problema es que esta Convención no asegura la protección de Wirikuta ante la destrucción por mineras, jitomateras y otras explotaciones, ya que no lo protege en tanto territorio material. Como su nombre lo indica, esta Convención solo protege las prácticas “inmateriales”, pero no el territorio. En este campo se encuentra por ejemplo la comida mexicana, o el Mariachi. La definición de Patrimonio Inmaterial se establece en la Convención de esta manera: Artículo 2: El “patrimonio cultural inmaterial”, según se define en el párrafo 1supra, se manifiesta en particular en |los ámbitos siguientes: a) tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial; b) artes del espectáculo; c) usos sociales, rituales y actos festivos; d) conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo.”

Por todas estas consideraciones, se evidencia que para que Wirikuta sea protegido en tanto territorio sagrado, como espacio físico y material de significación cultural y natural, debemos apuntar a que sea reconocido por la Unesco como “Patrimonio Mundial Cultural y Natural de la Humanidad”. El reconocimiento como “Patrimonio Inmaterial”, no es dañino en sí, es un bello reconocimiento, pero debe quedarnos claro que no protege el territorio sagrado de Wirikuta ante la destrucción por diferentes explotaciones muy materiales.

1 comentario:

  1. Un Patrimonío Cultural y Natural de la Humanidad también cuenta con fondos internacionales para la conservación y restauración.

    Enlace al convenío completo: http://whc.unesco.org/archive/convention-es.pdf

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